Hoja de seguimiento itinerante (FI) - Medio Ambiente

La Hoja de seguimiento itinerante (FI) es el documento de transporte de residuos que permite la recogida con un mismo vehículo y de forma itinerante de hasta un máximo de veinte productores o poseedores de residuos. Es el documento que se adjunta a los transportes itinerantes de residuos.

No es necesaria para la recogida y transporte de papel, cartón, vidrio, plástico y chatarra para plantas autorizadas de valorización.

Los tres ejemplares (un original y dos copias) son destinados al transportista, al gestor y a la Agencia Residuos de Cataluña (ARC), y adjunto hay un talonario de 20 albaranes destinados a los productores a quienes se les recogen los residuos. 

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Hoja de seguimiento (FS) - Medio Ambiente

La hoja de seguimiento o FS es un documento que debe acompañar cada transporte individual de residuos en todo su recorrido.

La Hoja de seguimiento debe formalizarse obligatoriamente para el transporte de todos los residuos excepto en los siguientes casos:

-el transporte de residuos en cantidades inferiores a las especificadas en el anexo 1, siempre que no sea en el marco de una recogida itinerante;
-el transporte a plantas de valorización inscritas en el  Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña  de papel/cartón, chatarra, plástico, vidrio y orujo o zanja;
-los servicios municipales de recogida domiciliaria de basura, el transporte de tierras, escombros y escombros;
-el transporte de residuos que se gestionen como subproductos (punto 2 del capítulo II).

El cumplimiento de la FS es responsabilidad del productor del residuo. Consta de cinco ejemplares, un original y cuatro autocopiativos: dos para el productor, uno para el transportista, uno para el gestor y uno para la Agencia Residuos de Cataluña (ARC).

La FS se puede entregar a productores, transportistas, gestores en las oficinas de la Agencia Residuos de Cataluña (ARC) o del Departament de Medi Ambient, previo pago de la tasa correspondiente. El procedimiento a seguir es el siguiente:
- El productor debe rellenar y firmar correctamente la FS al efectuar un transporte.
- El transportista firmará todos los ejemplares y entregará el primero al productor.
- El gestor firmará todos los ejemplares y se quedará tres (el suyo, el de la Agencia Residuos de Cataluña (ARC) y el del productor). El transportista se quedará con el ejemplar que le corresponde.
- El gestor enviará al productor y a la Agencia Residuos de Cataluña (ARC) los ejemplares que correspondan.

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Hoja de Aceptación (FA) - Medio Ambiente

La hoja de aceptación o FA es el documento que debe suscribirse entre el productor o poseedor del residuo y la empresa gestora escogida. 

La Ficha de Aceptación debe formalizarse obligatoriamente para la gestión de todos los residuos excepto en los siguientes casos:

-los residuos del anexo 2 destinados a las plantas autorizadas de valorización de residuos;
-los residuos destinados a las plantas autorizadas de valorización de residuos transportados en cantidades inferiores a las especificadas en el anexo 1;
-los residuos del anexo 2 destinados a las plantas autorizadas de disposición del desperdicio transportados en cantidades inferiores a las especificadas en el anexo 1;
-el orujo o sansa, los residuos industriales gestionados como subproductos (punto 2 del capítulo II);
-los residuos municipales;
-las tierras, los escombros;
-los residuos gestionados de conformidad con la ficha de destino (punto 3.2.2 del capítulo II);
-los residuos ganaderos, incluidos los cadáveres de animales.

Consta de cuatro ejemplares, un original y tres copias, dirigidas a: productor o poseedor, gestor, ayuntamiento y Agencia Residuos de Cataluña (ARC)

El FA es de responsabilidad compartida entre productor y gestor, y se entrega a productores, transportistas o gestores de las oficinas de la Agencia Residuos de Cataluña (ARC) o Departament de Medi Ambient, previo pago de la tasa correspondiente.

Una vez rellenada debidamente, firmada y sellada por el productor y el gestor, el FA debe presentarse a la Agencia Residuos de Cataluña (ARC), que sellará los cuatro ejemplares y entregará al productor y al gestor sus ejemplares.

Sólo a partir del momento en el que las dos partes firmantes dispongan de su ejemplar debidamente sellado por la Agencia Residuos de Cataluña (ARC), el productor podrá empezar a llevar el residuo al gestor especificado.

La FA tiene una validez de cinco años a excepción de que el residuo varíe sus características o que el gestor pierda su condición.

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